13 de mayo de 2007

TUTULO II - PATRIMONIO Y FINANCIACIÓN.

ESTATUTOS DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL POLÍGONO INDUSTRIAL TRES CAMINOS.

PATRIMONIO Y FINANCIACION.

ARTICULO 4.- El patrimonio de esta Comunidad estará constituido por todos los servicios y elementos comunes, entendiendose por tales aquellos cuyo uso y disfrute es compartido por todos los propietarios o arrendatarios del Polígono Industrial de Tres Caminos, siendo estos los enumerados en el art. 2º de los Estatutos.

ARTICULO 5.- Este patrimonio no podrá ser fungible en ningún momento, ni total ni parcialmente y si por contingencia o bien por necesidad tuviera que disponerse de alguna parte del patrimonio común, el acuerdo deberá ser adoptado en Asamblea General Extraordinaria, especialmente convocada a estos efectos, y exigiendose para ello el voto de las dos terceras partes del total de los socios y que a su vez represente las dos terceras partes de las cuotas de participación.

ARTICULO 6.- Así mismo ingresará en el patrimonio cualquier terreno o donativo que le sea hcho a este Polígono Industrial o bien las construcciones o instalaciones realizadas con cargo al patrimonio común.

ARTICULO 7.- La financiación de esta comunidad se realizará mediante las aportaciones que en concepto de cuotas mensuales reciba de todos y cada uno de los socios, cuota que vendrá representada por una cantidad fija por el mero hecho de ser propietario o arrendatario y por una cantidad variable, en función de los metros cuadrados que posea cada socio en propiedad o por cualquier otro concepto independientemente de las cuotas extraordinarias que pueda fijar la Junta Rectora con la aprobación de la Asamblea General.

Para el caso de los socios arrendatarios se prevee expresamente que si por cualquier causa este no abonase las cuotas fijadas, la Comunidad podrá exigirselas directamente al propietario, sin perjuicio de que este reclame posteriormente a su inquilino.

ARTICULO 8.- A tal efecto, todos los años deberá confeccionarse un Presupuesto de Ingresos y Gastos debidamente determinado por conceptos, presupuesto que será elaborado por la Junta Rectora y órgano en quien delegue, debiendo ser sometido a aprobación en la Asamblea General Ordinaria que forzosamente habrá de tener lugar en el mes de Diciembre de cada año, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de los Estatutos.

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